Vallado a la cordura

Estas últimas semanas se han perpetrado en la Ciudad de Córdoba terribles abusos a los derechos constitucionales de los vecinos. ¿Por qué esto? Se están llevando adelante, el último unos días atrás, procedimientos de «prevención» consistentes en aprehender a supuestos delincuentes e infractores al código de faltas y colocarlos entre vallas al aire libre. Es decir, una suerte de corral público de mal vivientes.

Nota del Diario «cba 24n» 05 de Junio: http://www.cba24n.com.ar/content/operativo-humillacion-exhiben-detenidos-por-mas-de-5-horas

Durante estas medidas policiales los vecinos pueden pasar y ver, cual pena bárbaro-medieval, a los «indeseables» de la sociedad en una exhibición de supuesta represión eficaz pero sin atenerse a lo que queda, lo duro, aquello que se afirma en el inconsciente de quienes viven en la cotidianidad con estos aprehendidos ya sea en su trabajo u hogar.

¿Estos ahora que dirán? Dirán que son criminales, porque están allí sentados y no fuera de la valla como ellos, dirán así también que está bien, que por algo lo tienen merecido, o dirán que no, que son inocentes hasta que se demuestre lo contrario y que estas prácticas son abusivas. Sea cual fuere, la idea está y la distancia entre las personas se acrecienta sólo que esta vez sin un fundamento jurídico razonable, sin un hecho típico anti jurídico y culpable probado en un debido proceso e imputable a determinada persona, este es un claro ejemplo de la denominada «estigmatización».

La ONU nos acerca una noción cuando trata «La estigmatización en la realización de los derechos al agua y al saneamiento».

«El estigma, como un fenómeno sociocultural profundamente arraigado, es el origen de muchas violaciones de los derechos humanos y la causa de que grupos enteros de población resulten desfavorecidos. El estigma en términos generales se entiende como un proceso de deshumanización, descrédito y menosprecio de las personas pertenecientes a ciertos grupos, fundado a menudo en un sentimiento de disgusto. El estigma se asocia a un atributo, calidad o identidad que se considera «inferior» o «anormal» y se basa en una brecha socialmente construida entre «nosotros» y «ellos». 

Fuente: http://www.ohchr.org/SP/Issues/WaterAndSanitation/SRWater/Pages/Stigmatization.aspx

¿Resultados? Del relevamiento realizado se constata: en 41 personas acorraladas 12 fueron por delitos, las otras 29 por supuestas infracciones al código de faltas, cuerpo discutido por la sociedad civil.

¿El trasfondo? Existe hoy en día en Córdoba un aumento en la actividad policial, principalmente en los suburbios de la ciudad, contra jóvenes y vecinos en situación de riesgo por su aparente potencialidad criminal, su «preventiva». El tema no es para mirar a un costado, la violación a los derechos fundamentales de la ciudadanía está al descubierto y su resultado a largo plazo pueden ser lamentables, su anticonstitucionalidad reside en ser disonantes con los Arts. 14 y 18 de nuestra Constitución Nacional donde garantiza la misma a los habitantes de la Nación el derecho de tránsito y el de debido proceso, entre otros.

Art. 14: «Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; … de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; …»

Art. 18: «Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. …»

Conclusión

La CN garantiza a los habitantes de nuestro país el derecho de transportar su persona y afectos con total libertad por el territorio de la misma. ¿Qué sucede en este caso? Al ser parte de un procedimiento policial existe un conflicto de derechos entre la presunción de inocencia y consecuente libertad y el interés público de apagar el clamor social ante un hecho delictivo, pero sin hecho delictivo investigado en un debido proceso o en flagrancia detener habitantes sin una sustancial causa por el hecho de «prevenir» es un abuso por parte del Ejecutivo Provincial.

Asimismo, nuestra Ley Fundamental hace constar el principio de debido proceso, esto significa que para ser perseguido y posteriormente sancionado deben cumplirse determinados pasos establecidos previamente por la normativa correspondiente. Ahora bien, trayendo a colación lo que nos compete esta práctica policial viola el antedicho artículo al llevar adelante procedimientos infamantes que no constan en la normativa, es más la contradicen y así también a la razón al colocar en encierro, por más que fuere temporal y abierto ya que tendremos en cuenta que están privados de su libre disposición y transito, a quienes no tienen iniciada causa alguna o flagrancia delictiva que le sirva de sustento y por lo tanto estamos frente a un adelanto de pena, no ante una medida de seguridad.

Casualmente el mayor numero de perjudicados por estas practicas se encuentran en los estratos marginados o de riesgo y estos difícilmente tienen posibilidades de acceder a una defensa, no estamos hablando de aquellos que hacen de la practica criminal su vida diaria sino vecinos comunes como usted o yo. ¿Qué sucedería si fuere usted víctima de estas prácticas abusivas? Si fuere usted quién se encuentre tras las vallas siendo inocente y a nadie le importare, o peor, se creyere que por alguna causa lo tiene merecido y por esto la policía está habilitada para exponerlo frente a la comunidad como un criminal. Sería estigmatizado y de a poco excluido de la misma, hogar, el barrio, un comercio, el trabajo y hasta sus afectos; el resultado sería la marginación, desprecio a la autoridad estatal y posterior descrédito de las instituciones en un círculo vicioso que se retroalimenta de la misma bronca y odio generado por quienes nos tendría que proteger y servir.

Por lo expuesto, creo firmemente, es importante entender la mecánica de las instituciones y quienes las llevan adelante; sus políticas para encarar la problemática social actual y los intereses ocultos. Pero, sobretodo, no bajar los brazos en la lucha por los derechos de la ciudadanía: la primera batalla a librar está día a día en la comunidad, contra la desidia, el desinterés por el otro y la autoexclusión. No miremos hacia un costado, ni nos dejemos llevar por prejuicios infundados ya que tenemos al frente otro ser humano: una persona con derechos y afectos que merece ser respetada más allá de lo que se le acuse o demuestre en posterior juicio.